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"El
finiquito" .
Eva Ventín |
- ¿Que es el Finiquito?. Definición.
- Preguntas Frecuentes sobre el Finiquito.
- Consideraciones Legales sobre la Liquidación y
el Finiquito
¿Qué es el Finiquito?
El art. 49.1 ET señala que el contrato de trabajo se
extinguirá por mutuo acuerdo de las partes. Según la jurisprudencia bastará con
que exista consentimiento no viciado de las partes en cualquier forma
exteriorizado.
Si bien la ley no establece forma alguna para el mutuo
acuerdo, es frecuente la firma por el trabajador de un documento denominado
recibo de finiquito por cuya suscripción el trabajador declara extinguido el
contrato y acepta encontrarse satisfecho por el empresario en todos los derechos
que pudieran corresponderle, tras la liquidación de haberes adeudados
correspondiente.
El finiquito es un documento en el que, tras la extinción de
una relación laboral, sirve para acreditar que se ha puesto a disposición del
trabajador las cantidades que se le adeudan.
Preguntas Frecuentes
¿Qué conceptos debe incluir el finiquito?
El finiquito tiene que reflejar la cantidad correspondiente a
la parte de las vacaciones no disfrutadas, así como la parte proporcional de las
pagas extraordinarias. Puede incluir también la indemnización correspondiente
por la extinción de la relación de trabajo, o ésta puede entregarse en un
documento aparte.
¿Existe obligación de firmar un finiquito?
El finiquito puede firmarse o no. Si el trabajador desea
recibir la cantidad que se refleja en él, aunque no sea la correcta, puede
firmar el finiquito, expresando al lado de su firma "recibí no conforme". El
trabajador puede, también, negarse a firmar el finiquito, aunque en ese caso no
recibirá la cantidad que en él aparece.
¿Qué supone que se haya firmado un finiquito?
En principio, la firma de un finiquito prueba que el
trabajador ha recibido la cantidad señalada. Normalmente, los escritos de saldo
y finiquito contienen fórmulas del tipo " el trabajador declara extinguida su
relación laboral sin que nada tenga que reclamar a la empresa, por ningún
concepto" o similares. Estas fórmulas se incorporan por la empresa para evitar
reclamaciones futuras, y, si bien es cierto que incluso con un finiquito
firmado, se pueden hacer reclamaciones, es necesario probar que se firmó
obligado, engañado, bajo presión, etc.. lo que no siempre es fácil, por lo que
se aconseja firmar siempre con la fórmula recibí no conforme.
¿Y si el finiquito no se firma y queremos reclamar a la empresa la cantidad
que nos adeuda?
Deberemos presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC
reclamando esa cantidad. Si en el acto de conciliación hay acuerdo, se nos
entregará, en caso contrario, tendremos que acudir ante el juzgado de lo social.
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